Comentarios al real decreto de reválidas

Hace un mes, con julicidadsabadidad, publicaron el Real Decreto 310/2016, de 29 de julio, por el que se regulan las evaluaciones finales de Educación Secundaria Obligatoria y de Bachillerato. Comento a continuación algunos aspectos del sorprendente decretazo de un gobierno interino que pretende morir matando.

Dice el real decreto en la introducción sobre la educación secundaria obligatoria que

El objetivo de la evaluación es garantizar que todo el alumnado alcance los niveles de aprendizaje adecuados, normalizar los estándares de titulación en todo el Sistema Educativo Español, introducir elementos de certeza, objetividad y comparabilidad de resultados, permitir al alumnado orientar su trayectoria educativa en función de sus capacidades, competencias y habilidades comprobadas y expectativas e intereses, y orientar e informar a alumnado y familias.

Son loables tamaños objetivos, pero ya se alcanzan sin la concurrencia de pruebas externas; para que el alumnado logre los niveles de aprendizaje adecuados basta con un buen servicio de inspección y un profesorado comprometido con la calidad educativa; salvo contadas excepciones, la mayoría de profesores e inspectores llevan décadas garantizando que los estudiantes aprendan lo que tienen que aprender sin necesidad de fiscalizar al alumnado con pruebas externas. El apocalipsis educativo todavía no ha llegado y por ello el Ministro de Educación, Barón de Claret, aplica aristocráticas políticas gatopardistas: que todo cambie para que todo siga igual.

Para mayor inconveniencia, este real decreto no solo no mejoraría dichos objetivos sino que se corre un serio riesgo de hacerlos tambalear porque:

  1. Una prueba externa añade interminables trámites burocráticos y la consiguiente necesidad de tiempo que habría que robar a la propia enseñanza.
  2. Requiere de recursos económicos que deberían dedicarse a cuestiones educativas más urgentes. No extraña que esté surgiendo un suculento negocio en torno al nuevo nicho de mercado que suponen las reválidas.
  3. Somete a una ansiedad innecesaria a unos estudiantes que solo aprenderán a aborrecer el aprendizaje porque lo asocian a un proceso doloroso e inane.
  4. Transformará las aulas en academias de preparación de exámenes obsesionadas con que sus alumnos obtengan las mejores notas aunque no aprendan nada, como hacen en Estados Unidos y ya expliqué en este mismo blog: por la propia naturaleza del proceso, las notas de las evaluaciones externas acabarán hinchándose fraudulentamente para beneficiar a las partes implicadas, y todos callarán.

Por cierto, la figura del tutor es quien informa convenientemente a las familias y nada indica que este decretazo vaya a mejorar la comunicación, como pretende.

En cuanto al Bachillerato, dice el real decreto que

se tendrán en cuenta en mayor medida los contenidos aprendidos, dado que los objetivos son garantizar al alumnado un nivel de conocimientos y competencias adecuado y suficiente para acceder a la educación superior o a la vida profesional, consolidar la cultura del esfuerzo y de la responsabilidad, y motivar al alumnado para progresar en el sistema educativo.

Esto se venía haciendo con la selectividad y las pruebas de acceso a los estudios de grado. El problema ahora es que habrá estudiantes que habiendo aprobado el Bachillerato se quedarán sin título de bachiller por no haber superado la prueba externa. Este real decreto viene a decir que los títulos de bachiller entregados hasta ahora no garantizaban un nivel de conocimientos adecuado porque los profesores estábamos poco cualificados, éramos incompetentes o, sencillamente, corruptos regaladores de títulos. Que yo sepa siguen saliendo al mercado de trabajo excepcionales médicos, arquitectos, profesores, ingenieros, etc. formados por la educación pública española y que se rifan en el extranjero.

Además, si el nivel (y sus evaluaciones) viene determinado por el real decreto de currículo aprobado hace un año ¿cómo lo va a incrementar un real decreto de evaluación? El decreto de currículo ya dice cómo tiene que evaluar el profesor. Los redactores del decreto deberían volver a las aulas para estudiar una realidad que parece que desconocen.

Además, la cultura del esfuerzo existe y nunca ha desaparecido; no será este decretazo lo que ponga a los españoles a esforzarnos. Lo que hace falta es un decreto que se deje de zarandajas sobre el esfuerzo, el dolor y el sacrificio y se centre en poner las condiciones para que el aprendizaje sea algo placentero y maravilloso. La cultura del esfuerzo ya está garantizada por una tasa de desempleo del 20% que aterroriza a unos padres que gritan desconsolados a sus hijos «¡estudia, hijo, que la cosa tá mu mal!».

Prosigue el real decreto aseverando que

Las evaluaciones externas de fin de etapa constituyen una de las principales novedades de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, con respecto al marco anterior, y una de las medidas llamadas a mejorar de manera más directa la calidad del sistema educativo. Las evidencias de la literatura científica indican que el efecto de las evaluaciones externas tiene un impacto muy positivo en los resultados académicos en el rendimiento del alumnado.

Deberían citar esas evidencias de la literatura científica. Además soslaya que también existe literatura científica en sentido diametralmente opuesto. Este real decreto es un ejemplo del cuñadismo más ramplón: «que sí, que te lo juro, que hay estudios que demuestran de que…».

Sigue diciendo el real decreto que

Artículo 4. 5. Cada una de las pruebas contendrá preguntas abiertas y semiabiertas que requerirán del alumnado capacidad de pensamiento crítico, reflexión y madurez, especialmente en la evaluación final de Bachillerato. Además de estos tipos de preguntas, se podrán utilizar también preguntas de opción múltiple, siempre que en cada una de las pruebas el porcentaje de preguntas abiertas y semiabiertas alcance como mínimo el 50%.

Es decir, el Estado no se fía del profesorado a la hora de evaluar. El trabajo y exámenes planteados a lo largo del curso son sospechosos de ser fraudulentos y los inspectores lo son de no hacer bien su labor garantista del nivel académico. Imaginen el coste de tener a miles de personas por toda España corrigiendo cientos de miles de respuestas abiertas, semiabiertas y mediopensionistas.

Continúa:

Artículo 4. 7. Las pruebas deberán resultar atractivas y motivadoras, para lo que deberán cuidarse las imágenes, tablas y gráficos empleados y otras características formales.

Ninguna prueba es atractiva ni motivadora. Un buen profesor es motivador. Un examen es un fastidio que no vale para nada valioso.

Por otro lado, comento a continuación alguna peculiaridad que afecta al departamento de Filosofía.

El artículo 12. c) indica que la asignatura Valores Éticos no es objeto de evaluación, lo cual es de todo punto razonable. Solo espero que dicha asignatura, cuyo currículo es complejo, no se convierta en una maría que se reparta entre docentes de otros departamentos para ajustar el horario. Si leen el real decreto de currículo comprobarán que su complejidad filosófica es tal, que no lo puede impartir cualquiera, a no ser que se convierta en una fraudulenta hora de estudio, de cine pirateado o de partidas de parchís.

Prosigue el real decreto afirmando en su artículo 16.3 que

Los centros docentes, de acuerdo con los resultados obtenidos por sus alumnos y en función del diagnóstico e información proporcionados por dichos resultados, establecerán medidas ordinarias o extraordinarias en relación con sus propuestas curriculares y práctica docente. Estas medidas se fijarán en planes de mejora de resultados colectivos o individuales que permitan, en colaboración con las familias y empleando los recursos de apoyo educativo facilitados por las Administraciones educativas, incentivar la motivación y el esfuerzo de los alumnos para solventar las dificultades.

Esto ya se hace. En cada una de las tres reuniones de evaluación es preciso proponer un plan de mejora en cada asignatura. Esta ley cambia de nombre algunas cosas dando la impresión de que el gobierno interino descubre paraísos pedagógicos nunca antes explorados.

Prosigue el decreto de marras:

Artículo 17. Objeto. 1. La evaluación final de Bachillerato tendrá por objeto verificar el logro de los objetivos de la etapa y el grado de adquisición de las competencias correspondientes, en cada caso, a la modalidad del Bachillerato objeto de evaluación, en relación con las siguientes materias: a) Todas las materias generales cursadas en ambos cursos de Bachillerato en el bloque de asignaturas troncales. En el supuesto de materias que impliquen continuidad, se tendrá en cuenta sólo la materia cursada en segundo curso. (En algunas asignaturas se hará examen de Filosofía 1 y en otros de 2).

Este artículo entraña una complicación para el departamento de filosofía y supongo que deberá ser concretado en cada Comunidad Autónoma, dado que hay nueve que han decidido mantener la Historia de la Filosofía de segundo de Bachillerato como obligatoria, mientras que para otras solo es optativa u obligatoria en la rama de humanidades. De este modo surge una pregunta: dado que la Filosofía de primero de Bachillerato sí que es obligada para todos ¿la evaluación externa será de la asignatura de primero (Filosofía) o de la de segundo de bachillerato (Historia de la Filosofía)?

Artículo 21. 1. Para obtener el título de Bachiller será necesaria la superación de la evaluación final de Bachillerato con una calificación igual o superior a 5 puntos sobre 10. La calificación final de esta etapa se deducirá de la siguiente ponderación: a) Con un peso del 60%, la media aritmética de las calificaciones numéricas obtenidas en cada una de las materias cursadas en Bachillerato. b) Con un peso del 40%, la nota obtenida en la evaluación final de Bachillerato.

Más arriba se hablaba de la «cultura del esfuerzo» pero con estos porcentajes se premia al que mejor memoria tenga aunque su esfuerzo haya sido mínimo a lo largo del curso. Este examen no valora la participación en el aula, ni el trabajo en equipo, ni las intervenciones en los debates… solo valora la memoria y la suerte. El alumno vago que haya obtenido un cinco en el curso podrá ver incrementada su nota, y al revés: el alumno trabajador que se le dé mal el examen verá su expediente notablemente alterado.

Mientras en Estados Unidos se están replanteando este tipo de pruebas que tan malos resultados les ha dado, el gobierno interino de España se empeña en seguir caminos trillados que sabemos, a ciencia cierta, que conducen inexorablemente a la mediocridad.

ACTUALIZACIÓN DE 4 DE OCTUBRE DE 2016

La mayoría del Congreso rechaza la LOMCE

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Comentarios

2 respuestas a «Comentarios al real decreto de reválidas»

  1. Avatar de Isabel
    Isabel

    Muy interesante su artículo. Aclara las dudas que a «bote pronto» surgen al leer el Real Decreto 310/2016 de 29 de julio, ya que dicho R.D. resulta bastante farragoso.

    Saludos

  2. Hace pocos dias he comenzado un sitio web, la información de tu web me proporciona mucha informacion. Gracias por todo tu tiempo y trabajo.

    Saludos

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